28 de octubre de 2014
La última jornada del juicio, viernes 24 de octubre de 2014, comenzó cerca del mediodía.Las partes se reunieron para escuchar las últimas palabras del imputado Luis Orlando Perea, quien rechazó hacer declaraciones. El presidente del tribunal dio por cerrado el debate y convocó para escuchar el veredicto a partir de las 18.00 hs.
El presidente del tribunal les recordó que esto ya había sido resuelto en la audiencia anterior y tanto él como los otros integrantes del tribunal opinaron que los imputados deben estar presentes a la hora de divulgarse la sentencia.
Pasadas las 19.00 hs el tribunal ingresó en la sala. Cientos de familiares, sobrevivientes y periodistas esperaban ansiosamente desde hacía horas escuchar la sentencia que pondría fin a diez meses de audiencias.
En los primeros once apartados del veredicto el presidente del tribunal hizo referencia al rechazo de los distintos planteos formulados por las defensas. Luego fue el turno de las condenas. Por unanimidad condenaron a Jaime Lamont Smart, Miguel Osvaldo Etchecolatz, Gustavo Adolfo Cacivio, Héctor Raúl Acuña, Roberto Armando Balmaceda, Ricardo Armando Fernández, Isaac Crespín Miranda, Emilio Alberto Herrero Anzorena, Anselmo Pedro Palavezzati, Carlos María Romero Pavón, Carlos del Señor Hidalgo Garzón, Horacio Elizardo Luján, Miguel Ángel Amigo, Jorge Héctor Di Pasquale y Julio César Garachico a la pena de prisión perpetua einhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y pago de las costas del proceso por complicidad en el genocidio perpetrado durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983), al intervenir en la matanza de miembros de un grupo nacional, en la lesión grave de la integridad física o mental de los miembros del grupo y en el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que han acarreado su destrucción física total o parcial, mediante la comisión de los delitos de homicidio, privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos. En todos los casos Carlos Alberto Rozanski hizo constar su disidencia en cuanto a los agravantes por duración de la privación ilegítima de la libertad en algunos casos y por alevosía en los casos de homicidio.
También por unanimidad condenaron a Rufino Batalla y Raúl Ricardo Espinoza a la pena de 13 años de prisión, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, accesorias legales y costas del proceso, como cómplices de genocidio en los mismos términos que los anteriores, por los delitos de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos. Por mayoría de los jueces Carlos Alberto Rozanski y Pablo Jantus condenaron a Claudio Raúl Grande a la misma pena que los anteriores, en los mismo términos. En los tres casos las penas fueron menores por haber sido considerados partícipes secundarios. Rozanski también manifestó que votó en disidencia en cuanto a la intervención en los hechos, a la pena aplicada y a los agravantes en algunos casos.
Condenaron por unanimidad a Juan Carlos Herzberg a la pena de 12 años de prisión, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, accesorias legales y costas del proceso, como cómplice de genocidio en los mismos términos que los anteriores, por privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos. En este caso la disidencia de Rozanski fue por el monto de la pena aplicada.
Por mayoría de los jueces Pablo Jantus y Pablo Daniel Vega absolvieron a Luis Orlando Perea, con disidencia del juez Rozanski que votó por su condena. Otros cuatro imputados -Roberto Armando Balmaceda, Jorge Héctor Di Pasquale, Carlos María Romero Pavón y Jaime Lamont Smart- fueron absueltos parcialmente, en algunos casos por unanimidad y en otros por mayoría.
También por mayoría de Pablo Jantus y Pablo Daniel Vega resolvieron mantener el beneficio de prisión domiciliaria que gozan los condenados Miguel Ángel Amigo, Ricardo Armando Fernández, Juan Carlos Herzberg y Eduardo Gargano –en favor de quien se suspendió el juicio en audiencias pasadas.
Dispusieron además que se investigue la participación de Lucas Manuel Gordillo en los crímenes cometidos en La Cacha, agente del Servicio Penitenciario Bonaerense visto en aquel lugar por una testigo que declaró en las audiencias.
Finalmente, ordenaron que una vez que la sentencia quede firme, se inicie el proceso de baja por exoneración a los condenados y se desafecten el inmueble donde funcionó el Destacamento de Inteligencia 101 y el predio donde funcionó el Centro Clandestino de Detención La Cacha para que sean destinados como Sitios de Memoria.
Los únicos incidentes que se registraron corrieron por cuenta de los imputados, en contraste con lo que el defensor púbico ad hoc había sugerido. El condenado Héctor Raúl Acuña tuvo que ser sujetado por agentes penitenciarios mientras vociferaba y amenazaba al público. El que fue su superior, Isaac Crespín Miranda, ingresó a la sala insultando ostensiblemente al público y Miguel Osvaldo Etchecolatz sostuvo en sus manos un enigmático papel con el nombre de Jorge Julio López y echaba permanentemente miradas amenazantes a los familiares sobrevivientes que presenciaban la audiencia a escasos metros.
Sólo la esposa del penitenenciario Acuña asistió a la audiencia rodeada de periodistas, familiares y sobrevivientes quienes sólo atendían a la lectura de una sentencia esperada durante décadas.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el viernes 19 de diciembre a las 18.00 hs.
Fuente: Abuelas
Autor/a: Abuelas
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